SAN PEDRO DE MACORÍS.– El Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de San Pedro de Macorís declaró la extinción de la acción penal a favor de Orlando Ramírez Medina, luego de que el proceso judicial seguido en su contra se prolongara por más de seis años sin que se produjera una sentencia definitiva sobre el fondo del caso.
De acuerdo con las informaciones suministradas, la decisión estuvo sustentada en el principio del plazo razonable y en las garantías vinculadas al debido proceso y la tutela judicial efectiva, contempladas en la Constitución dominicana y en instrumentos internacionales sobre derechos humanos.
Durante la audiencia, la defensa técnica de Ramírez Medina argumentó que el expediente había superado ampliamente el tiempo establecido para la duración del proceso penal, manteniendo al imputado durante más de un lustro a la espera de una decisión definitiva sobre su situación jurídica.
La defensa también sostuvo que, durante todo el proceso, Ramírez Medina cumplió con las convocatorias y requerimientos realizados por las autoridades judiciales, compareciendo ante las distintas instancias cuando fue requerido.
Según los representantes legales, esta conducta procesal fue presentada ante el tribunal como evidencia de que las dilaciones registradas en el proceso no eran atribuibles al imputado.
Con la decisión, el tribunal dispuso el cese de la persecución penal contra Orlando Ramírez Medina y, conforme a lo informado por su defensa, el archivo definitivo del expediente, así como el levantamiento de cualquier medida de coerción o restricción que permaneciera vigente en su contra.
La sentencia vuelve a colocar en debate la importancia del cumplimiento de los plazos establecidos en los procesos judiciales y el derecho de toda persona sometida a la justicia a obtener una respuesta dentro de un período razonable.


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